FSC-CCOO Aéreo | 23 abril 2024.

Modificación temporal del XXI Convenio Colectivo de Iberia

    Ante el empeoramiento de la situación económica que está sufriendo la compañía Iberia, como consecuencia de la crisis excepcional que atraviesa el Sector Aéreo y el conjunto de las aerolíneas, la Compañía ha presentado una propuesta de modificación de convenio a la Comisión Negociadora del XXI Convenio Colectivo de tierra por la que, con fecha 1 de abril de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, se acuerda suspender la obligación de cotizar de la Empresa al Fondo Social de Tierra (Loreto Mutua) establecida en el artículo 173 del convenio colectivo.

    30/03/2021.
    Avión de Iberia

    Avión de Iberia

    Ayer día 29 de marzo, se ha celebrado la reunión de la Comisión Negociadora del XXI Convenio Colectivo de Iberia, donde la compañía explicó a los sindicatos, que la actual situación derivada de la pandemia del Covid-19, ha obligado a la compañía a entrar en un importante proceso de reducción de costes con el objetivo principar de salvaguardar la "caja" y liquidez de la Empresa, ante la caída extrema de la producción que se padece desde el inicio de la crisis sanitaria.

    Hasta la fecha, Iberia se ha apoyado principalmente en la aplicación de los ERTE de fuerza mayor y el acceso a los créditos ICO como herramientas para paliar las consecuencias de la crisis, sin embargo, el retraso en el acceso a las vacunas y la recuperación en Europa, están poniendo en riesgo la liquidez a medio plazo, aún realizando importantes esfuerzos para mantener una capacidad de operación mayor que la de otras aerolíneas.

    Ante el empeoramiento de la situación económica que está sufriendo la compañía Iberia, como consecuencia de la crisis excepcional que atraviesa el Sector Aéreo y el conjunto de las aerolíneas, la Compañía ha presentado una propuesta de modificación de convenio a la Comisión Negociadora del XXI Convenio Colectivo de tierra, por la que, con fecha 1 de abril de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, se acuerda suspender la obligación de cotizar de la Empresa al Fondo Social de Tierra (Loreto Mutua) establecida en el artículo 173 del convenio colectivo.

    Afectará a las aportaciones de la compañía correspondientes a las 9 nómnas comprendidas en las fechas señaladas, además de la parte proporcional de la paga extraordinaria de julio y la correspondiente a la paga del mes de diciembre.

    La propuesta, de carácter transversal para los colectivos de Tierra, Tripulantes de Cabina de Pasajeros y Pilotos, supone un ahorro aproximado de 11 millones de euros. 

    En el colectivo de Tierra, supone un ahorro aproximado de 4,5 millones de euros, permitiendo prolongar la liquidez de los créditos ICO, sin tener que recurrir a medidas traumáticas para la plantilla.

    La medida ha sido aceptada por unanimidad por los grupos sindicales que componen el Comité Intercentros: CCOO, UGT, USO, CGT y ASETMA.

    Desde el Sector Aéreo y Servicios Turísticos de CCOO, valoramos muy positivamente esta medida, ya que evita pérdidas salariales drásticas para la plantilla de la compañía., y garantiza el mantenimiento del empleo.