FSC-CCOO Aéreo | 21 noviembre 2024.

Constitución de la Comisión de Seguimiento del Despido Colectivo de Iberia 65/2017

    Esta Comisión es de carácter paritario, es decir, que tanto la Representación de la Empresa como la Representación de los Trabajadores están formadas por el mismo número de miembros. Tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019 y deberá reunirse al menos con una periodicidad bimestral.

    27/09/2017.
    Avión de Iberia.

    Avión de Iberia.

    Ayer día 26 de septiembre, ha quedado constituida la Comisión de Seguimiento del Despido Colectivo 65/2017 de la compañía Iberia.

    Estará compuesta por los sindicatos firmantes del ERE y el número de Representantes de los Trabajadores será:

    ● 3 representantes de UGT,
    ● 3 representantes de CCOO,
    ● 1 representantes de USO,
    ● 1 representante de SEPLA.

    Esta Comisión es de carácter paritario, es decir, que tanto la Representación de la Empresa como la Representación de los Trabajadores están formadas por el mismo número de miembros. Tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019 y deberá reunirse al menos con una periodicidad bimestral.

    Las competencias de la Comisión de Seguimiento del Despido Colectivo 65/2017, así como las de las diferentes Subcomisiones, están establecidas en el apartado tercero del acta de acuerdo de finalización del periodo de consultas suscrito el pasado día 4 de septiembre.

    A continuación, se ha celebrado la primera reunión de la Comisión de Seguimiento del Despido Colectivo 65/17 y se han constituido las tres diferentes Subcomisiones, (una para Tierra, otra para TCP y otra para Pilotos) tanto con el objetivo de seguir todo el proceso, como de poder analizar, proponer y adoptar decisiones que afecten única y exclusivamente a cada colectivo afectado por este Despido Colectivo.

    Estas subcomisiones se componen como se detalla a continuación:
    ? Subcomisión de Tierra: 2 representantes de CCOO, 2 representantes de UGT y 1 representante de USO.
    ? Subcomisión TCP: 2 representantes de CCOO y 2 representantes de UGT.
    ? Subcomisión Pilotos: 2 representantes de SEPLA.

    Aclarar que la constitución y conformación de esta Comisión y de sus Subcomisiones es requisito previo a la apertura del periodo de solicitud por parte de los trabajadores de cualquiera de las diferentes medidas sociales de acompañamiento voluntarias del ERE acordadas. Una vez quede abierto dicho periodo de solicitud, se informará tanto por parte de la Representación de los Trabajadores, como por parte de la Empresa.