FSC-CCOO Aéreo | 21 noviembre 2024.

Los TCP ganan la batalla a Ryanair

    Los tripulantes de Cabina de Pasajeros de Ryanair consiguen un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a su favor, que les garantiza exigir responsabilidades al empleador en el país donde realicen sus funciones.

    18/09/2017.
    TCP de Ryanair en cabina de avión.

    TCP de Ryanair en cabina de avión.

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado un fallo a favor de los Tripulantes  de Cabina de Pasajeros (TCP) de Ryanair, en su base del Aeropuerto de Charleroi en Bélgica, que habían denunciado a la compañía por obligarles a someterse a las leyes laborales irlandesas favorables a sus negocios,

    Los tripulantes de la base belga tenían contratos laborales redactados de conformidad con la legislación irlandesa, según los cuales, su trabajo debía considerarse como realizado en Irlanda, ya que trabajaban en aeronaves matriculadas en Irlanda, aunque su base designada fuera el Aeropuerto de Charleroi en Bélgica, lo que significa que comienzan y terminan su jornada allí y tenían que residir a una hora de ese aeropuerto.

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), determina que los litigios relativos a los contratos de los TCP de Ryanair están sujetos a la jurisdicción de los tribunales del país donde prese sus servicios, no a los de un país, como en este caso Irlanda, elegido por la compañía para favorecer sus propios intereses.

    Ryanair alegó que el derecho irlandés se aplicaba a sus contratos irlandeses, pero la normativa europea establece que el trabajador puede elegir la legislación del país de base si la considera más beneficiosa a sus intereses.

    Desde el Sector Aéreo y Servicios Turísticos de CCOO consideremos todo un triunfo el fallo dictado por el TJUE, ya que los TCP de Ryanair pueden elegir estar sujetos a la legislación laboral del país en el que residan, y no a la de la aerolínea irlandesa, la cual siempre ha tenido en cuenta sus propios intereses en detrimento de los derechos de su plantilla. Se crea un hito importante en lo referente al personal móvil de la aviación, garantizando que puedan exigir responsabilidades a su empleador en el país donde realmente desempeñan sus funciones, no en un país que tal vez desconozcan y cuyos tribunales son extranjeros y están situados a cientos de kilómetros de su hogar o lugar de trabajo.

    Desde ITF (Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte) y ETF (Federación Europea de los Trabajadores del Transporte) han emitido un comunicado con toda la información al respecto, el cual os facilitamos en documento adjunto.