FSC-CCOO Aéreo | 23 abril 2024.

Constitución de los Comités de Seguridad y Salud Laboral en el Sector Aéreo y Servicios Turísticos de CCOO

    El Comité de Seguridad y Salud Laboral es un órgano de participación, colegiado y paritario, al que se le atribuyen funciones y facultades para participar en la elaboración, desarrollo y evaluación de los planes y programas de prevención.

    15/03/2018.
    Prevención de Riesgos Laborales

    Prevención de Riesgos Laborales

    Una vez que obtenemos representatividad en una empresa tras unas elecciones sindicales, se pone en marcha el engranaje para que se constituyan los Comités de Seguridad y Salud Laboral, ya que es el foro donde se debe tratar la prevención en el plano laboral. Una vez constituido, debemos firmar el reglamento y a partir de ahí debemos funcionar, planteando los puntos de la orden del día, reuniéndonos como mínimo cada tres meses, levantando acta, acordando propuestas, analizando documentación, etc.
     
    Una de las principales labores de las delegadas y delegados de prevención es exigir que se constituyan los Comités de Seguridad y Salud, en aquellos centros que bien sea por ley o por acuerdo de convenio, tengan la obligación de hacerlo. Una vez constituido, nos aseguraremos de que se aprueba un reglamento interno de funcionamiento en el que acordaremos algunas pautas que van a garantizarnos que el Comité funcione correctamente. Algunas de las cláusulas que deberían constar son:

    -Distribuir los cargos de presidente/a y secretario/a entre las partes: uno para la empresa y el otro para las delgadas/os (pudiendo ser rotatorio).

    -Las reuniones deben convocarse por escrito, con orden del día y con suficiente antelación para poder prepararlas.

    -Las reuniones deben celebrarse con carácter trimestral. No obstante, se convocarán reuniones extraordinarias ante circunstancias como: accidentes o daños graves, incidentes con riesgo grave, sanciones por incumplimientos, denuncias por problemas medioambientales y tareas puntuales especialmente peligrosas.

    -Reunión anual extraordinaria para hacer balance del plan de prevención y de la actividad preventiva, e informar la memoria y programación del Servicio de Prevención.

    -Es muy importante levantar acta de cada reunión recogiéndose todos los temas tratados, los acuerdos adoptados o los puntos de discordia, así como los plazos y responsables de llevar a cabo las tareas acordadas. Antes de finalizar cada reunión, planificaremos de mutuo acuerdo la fecha de la próxima.

    Constituir el Comité de Seguridad y Salud laboral sería el primer paso, después aprobar el Reglamento y por último y más importante, conseguir que funcione correctamente y sea operativo. Algunas de las recomendaciones que podemos tener en cuenta para que esto ocurra, serían:

    -Llevar al Comité los asuntos relacionados con la Prevención  y la Salud Laboral, que preocupan a la plantilla y que deben "elevarse" al seno del Comité, al no haberse podido resolver en la misma sección o en el puesto de trabajo.

    -Hay que procurar que los temas planteados se puedan resolver en un tiempo prudencial, por lo que trataremos de fijar siempre plazos a los acuerdos y decisiones.

    -Como el trabajo que trasladamos a los Comités son problemas que afectan a la plantilla, su participación se hace imprescindible, por lo que se informará sistemáticamente a la plantilla de todo lo que acontece en el Comité.

    El Comité es un órgano de participación colegiado y paritario al que se le atribuyen funciones y facultades para participar en la elaboración, desarrollo y evaluación de los planes y programas de prevención: hacer propuestas que mejoren las condiciones de trabajo; debatir y, en su caso, acordar los criterios para la selección del Servicio de Prevención ajeno, así como, las características técnicas del concierto; acceder a toda la información y documentación necesaria para el desarrollo de sus funciones; analizar los daños a la salud con el fin de valorar sus causas y proponer medidas preventivas.

    Los puntos de la orden del día comunes a la mayoría de los Comités de Prevención y Salud Laboral en los que participan las delegadas y delegados del Sector Aéreo y Servicios Turísticos de CCOO serán: análisis de la documentación relativa a Prevención y Salud Laboral, propuestas y medidas correctoras, procedimiento de riesgos psicosociales, formación, información sobre accidentalidad, vigilancia de la salud o equipos de protección individual, entre otros